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PROYECCIONES DE NUESTRA LUCHA SINDICAL
Ante esta realidad, las dificultades no sólo son por la no aceptación por parte de los empleadores, de los derechos de la trabajadora asalariada del hogar estipulados en la Ley. Lo paradójico es que los propios funcionarios que deberían hacer respetar la Ley, son los primeros en ignorarla.
En ese aspecto, las trabajadoras asalariadas del hogar afiliadas a la FENATRAHOB vemos la necesidad de desarrollar tareas de sensibilización sobre el carácter de las relaciones laborales entre empleadores y trabajadoras asalariadas del hogar. No se puede justificar un trato discriminatorio velando primero los derechos de las personas que contratan un servicio doméstico y, al mismo tiempo, ignorando los derechos de quienes realizan este trabajo.
Por otro lado, tras la aprobación de la Ley 2450, las características de la lucha sindical han cambiado. Antes luchábamos para hacer aprobar la Ley, como si fuera nuestro único objetivo. Además, algunas habíamos supuesto que una vez promulgada la Ley nuestros problemas se resolverían inmediatamente.
No fue así. Ahora debemos luchar para que se profundice la aplicación correcta, la aplicación justa de la Ley.
Aquí, las dificultades son mayores por nuestras particulares condiciones de trabajo. La gran dispersión de las compañeras trabajadoras asalariadas del hogar (generalmente una en cada hogar citadino) y el escaso tiempo disponible para actividades de capacitación y formación (a penas unas horas cada domingo) dificultan el trabajo educativo de nuestras organizaciones para hacer conocer las Leyes que protegen nuestros derechos humanos y laborales y para desarrollar una acción político organizativa para hacerlos respetar.
1. PLAN NACIONAL DE DESARROLLO:
1.1. SECTORES GENERADORES DE ACTIVOS SOCIALES SALUD
El Estado tiene una deuda social sanitaria con la población boliviana acumulada desde la colonia, agravada en los últimos 20 años por la aplicación de políticas neoliberales de ajuste económico social…… Entre los indicadores…… El 77 por ciento de la población se encuentra excluido de los servicios de salud...… Este cambio permitirá el cumplimiento de las Metas del Milenio en Salud el 2015 - Promover la equidad de género y la autonomía de la mujer.
1.2. SECTORES DE LA BOLIVIA DEMOCRÁTICA:
Sectores que consolidan y reconstituyen poder socio comunitario
El nuevo Estado participativo inclusivo se asentará en el poder democrático que emergió del proceso reivindicativo de los pueblos originarios y los movimientos sociales, que posibilitó la presencia política de sectores tradicionalmente excluidos del Estado.
Políticas y estrategias
Se canalizará la presencia efectiva e integradora de los sectores sociales excluidos como sujetos políticos para que asuman corresponsabilidad en el servicio público y en la construcción del nuevo Estado…
1.3. DIGNIFICACIÓN DEL EMPLEO
Durante la vigencia del modelo neoliberal en nuestro país, la temática de empleo ha sido descuidada…
Propuesta de Cambio
El punto de partida para revertir la actual situación de desempleo y precarización de las condiciones de trabajo es la valorización del trabajo como articulador de la vida, el Estado y la sociedad…
Políticas y estrategias
a)Población trabajadora de Bolivia tiene empleos más dignos y ejerce plenamente sus derechos sociolaborales…
NUEVA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO:
Artículo 338.- El Estado reconoce el valor económico del trabajo del hogar como fuente de riqueza y deberá cuantificarse en las cuentas públicas.
Como se observa, en materia laboral el Estado está realizando acciones para dignificar y reconocer el valor económico del trabajo del hogar. Así como superar el empleo irregular de gran parte de la fuerza laboral del país, y entre ella de las Trabajadoras Asalariadas del Hogar. Igualmente, con la participación activa de funcionarios del Gobierno, el Comité Impulsor y FENATRAHOB se ha elaborado el Proyecto de Reglamento para la Afiliación de las Trabajadoras Asalariadas del Hogar al Seguro de Salud.
En la actualidad estamos trabajando sobre la Propuesta de Modificación De la Ley 2450 sobre los siguientes puntos:
- El pre-aviso de retiro de parte del empleador, será de 45 días y de parte de la trabajadora de 15 días. Si las partes omitieran el pre-aviso de retiro, deberán pagar por concepto de desahucio, una suma equivalente al salario de los períodos establecidos.
- La ley 2450 agregando el bono de antigüedad a los derechos de las trabajadoras asalariadas del hogar y reconociendo el derecho a un incentivo de transporte.
- Todo trabajo asalariado en el hogar está sujeto a derecho y beneficios como pago de salario, indemnización por tiempo de servicio, desahucio en caso de despido injustificado o indirecto, aguinaldo, vacaciones, sindicalización, bono de antigüedad, afiliación al seguro de salud, de acuerdo a la Normativa Legal vigente aplicable.
- A tiempo de iniciarse una relación laboral podrá exigirse una certificación médica, para ambas partes, tanto para el empleador como para la trabajadora asalariada en el hogar.
- La jornada laboral de la trabajadora asalariada en el hogar, será de ocho horas diarias, cuarenta horas semanales.
- Por tiempo mayores a la jornada semanas el (la) empleador/a deberá pagar horas extraordinarias.
- Todo trabajador asalariado en el Hogar tendrá como días de descanso el sábado y domingo en la semana de conformidad a la modalidad del servicio prestado, con derecho a descanso de los días feriados dispuestos por la Normativa Laboral Vigente.
- En el caso de adolescente será regulado por el Código Niño, niña y Adolescente.
- Se prohíbe la retención de parte del empleador de los objetos y documentación personales, de las trabajadoras asalariadas en el hogar debiendo acudirse a la autoridad competente, si se alega las causales contempladas en la normativa vigente.
- Despido Indirecto.- se entenderá por despido indirecto el ocasionado por las causales establecidas por la Normativa Laboral Vigente, incluyendo las siguientes:; falta de pago de salarios devengados por más de dos meses, rebaja de salario, discriminación, malos tratos, abuso y/o acoso sexual o psicológico.
- Otorgar derecho a la educación sea nivel inicial, técnica o superior promoviendo la especialización de la trabajadora asalariado en el hogar.
- Otorgar el descanso pre y post natal de acuerdo a la normativa vigente en la materia, así como otorgar el derecho a una hora de lactancia diaria hasta que el niño cumpla un año.
Respetar la identidad cultural y creencia religiosa de las trabajadoras asalariadas en el hogar.
- La brigada de protección de la mujer y familia, policía, Ministerio público y las autoridades competentes recibirán quejas, demandas y denuncias de trabajadoras asalariadas en el hogar por abusos, agresión física, acoso sexual o de otra índole, de parte de empleadores, hijos, parientes y otros, debiendo iniciarse las investigaciones correspondientes de partes de las autoridades competentes.
- La institución que procede o compruebe la denuncia, deberá remitir de inmediato los antecedentes del hecho a la Inspectora del Trabajo para la regulación del pago de salarios y beneficios sociales, sin que se suspendan las acciones legales correspondientes.
- De igual manera el empleador podrá recurrir a las instituciones mencionadas en el presente artículo, en caso de que los/as trabajadoras/es asalariados/as en el hogar cometan abusos, agresión física o de otra índole contra cualquier integrante de la familia donde presta servicios.
- Las acciones delictivas serán remitidas al Ministerio Público para el procesamiento correspondiente.
- El Seguro de Salud esta presentando en el Ministerio de Salud para su reglamentación y su pronta promulgación.
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